Apariciones de la Virgen María

Ilustración en estilo pintura de peregrinos que rezan con velas al atardecer ante una pequeña imagen de la Virgen en una gruta de una colina

Las apariciones de la Virgen María son manifestaciones de la Virgen que algunas personas han dicho ver en lugares como Guadalupe, Lourdes o Fátima. Son revelaciones privadas: ningún católico está obligado a creerlas. Las investiga el obispo del lugar, y desde mayo de 2024 puede concluir con uno de seis juicios, desde el nihil obstat hasta declarar que un hecho no es sobrenatural.

¿Qué son las apariciones de la Virgen María?

Las apariciones de la Virgen María son manifestaciones de la Madre de Dios que algunas personas, en lugares y momentos concretos, han dicho ver y oír. Un indígena en un cerro a las afueras de la Ciudad de México, una niña pobre que recogía leña junto a un río de Francia, tres pastorcitos en un prado de Portugal: una y otra vez, los que contaron haberla visto eran pequeños, desconocidos y muchas veces despreciados. De su testimonio nacieron algunos de los santuarios más grandes del mundo, adonde millones de nosotros vamos cada año a rezar, a confesarnos y a pedir la intercesión de Nuestra Señora.

La Iglesia siempre ha sido prudente con estos hechos. Honra las apariciones que ha reconocido, y los papas han ido como peregrinos a Guadalupe, a Lourdes y a Fátima. Pero también enseña con claridad que una aparición, por querida que sea, nunca es el fundamento de nuestra fe. Jesucristo es la plenitud de la revelación de Dios, y María siempre nos lleva a él.

Esta página explica cómo distingue la Iglesia un don verdadero de un error humano, qué cambió con las normas de 2024 y en qué situación están las apariciones más conocidas, con atención especial a las de nuestros pueblos de habla hispana.

La imagen de la Virgen de Guadalupe en la tilma de San Juan Diego, con las manos juntas, manto verde azulado cubierto de estrellas y rodeada de rayos dorados
La imagen de la tilma de San Juan Diego, que dejó la aparición de 1531 en el Tepeyac, es la imagen mariana más venerada de América. ⓘThe image of Our Lady of Guadalupe on the tilma of St. Juan Diego

La revelación privada: qué nos pide creer la Iglesia

Para entender las apariciones hay que empezar por una distinción. La revelación pública es lo que Dios reveló en Jesucristo y nos llega por los apóstoles en la Escritura y la Tradición. Está completa: no habrá otra revelación pública antes de la venida gloriosa del Señor.

Las apariciones pertenecen a lo que la Iglesia llama revelación privada. El Catecismo de la Iglesia Católica lo explica en el número 67:

A lo largo de los siglos ha habido revelaciones llamadas "privadas", algunas de las cuales han sido reconocidas por la autoridad de la Iglesia. Estas, sin embargo, no pertenecen al depósito de la fe. Su función no es la de "mejorar" o "completar" la Revelación definitiva de Cristo, sino la de ayudar a vivirla más plenamente en una cierta época de la historia.

Cuando la Iglesia reconoce una aparición, no añade un artículo al Credo. Dice que ese hecho, con sus mensajes y su santuario, puede ayudarnos a vivir mejor el Evangelio, y que nada en él contradice la fe. Las normas de 2024 recuerdan las palabras de Benedicto XVI: ante un juicio favorable, los fieles "pueden dar su asentimiento de forma prudente".

Por eso un buen católico puede amar a la Virgen de Fátima sin haber leído nunca los secretos, o no ir jamás a Lourdes. Y por eso la Iglesia puede decir que no a una supuesta aparición sin que la fe pierda nada.

Cómo discierne la Iglesia una aparición

La primera responsabilidad es del obispo del lugar. Cuando en su diócesis la gente empieza a decir que la Virgen se ha aparecido, él tiene que estudiarlo, proteger a los fieles del error y, si los frutos son buenos, guiar la devoción.

Ilustración en estilo grabado de un obispo del siglo XIX y dos sacerdotes que interrogan en una mesa a una niña campesina, mientras un secretario escribe sus respuestas
Cuando una niña decía haber visto a la Virgen, la comisión del obispo la interrogaba una y otra vez y anotaba cada respuesta.

Las normas de 1978

En 1978 la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, con la aprobación de San Pablo VI, dio a los obispos unas normas para discernir presuntas apariciones o revelaciones, que no se publicaron hasta 2011. Pedían sopesar juntos varios criterios. A favor: la certeza moral, o al menos gran probabilidad, de que algo sucedió; el equilibrio psicológico, la honradez, la vida moral recta y la docilidad a la autoridad de la Iglesia de quien dice ver; una doctrina sin errores; y frutos espirituales abundantes y constantes, como el espíritu de oración, las conversiones y las obras de caridad. En contra: errores evidentes sobre los hechos, errores doctrinales atribuidos a Dios o a la Virgen, la búsqueda de dinero, actos gravemente inmorales y trastornos psicológicos o histeria colectiva.

Los veredictos tradicionales eran tres fórmulas latinas: constat de supernaturalitate (consta que es sobrenatural), constat de non supernaturalitate (consta que no es sobrenatural) y non constat de supernaturalitate (no consta que sea sobrenatural).

Las normas de 2024 y los seis juicios

El 17 de mayo de 2024 el Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó, con la aprobación del papa Francisco, unas Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales, que sustituyen por completo a las de 1978. La presentación explica por qué: las decisiones tardaban décadas, y "después del año 1950, se han resuelto solamente seis casos".

Ahora el obispo investiga, redacta un informe y propone uno de seis juicios, que el Dicasterio confirma o no antes de que él lo anuncie:

  1. Nihil obstat. Sin expresar certeza sobre la autenticidad sobrenatural, "se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo" en una experiencia espiritual. Se anima al obispo a valorarla e incluso a "promover la difusión de esta propuesta espiritual, incluso a través de posibles peregrinaciones".
  2. Prae oculis habeatur ("téngase presente"). Hay signos positivos importantes, pero también elementos de confusión o riesgos; puede hacer falta aclarar los mensajes.
  3. Curatur ("se está atendiendo"). Hay elementos problemáticos, pero la devoción está muy difundida y da frutos, por lo que se desaconseja prohibirla; el obispo no debe alentarla y debe reorientarla.
  4. Sub mandato ("bajo mandato"). El fenómeno es bueno, pero una persona o un grupo lo usa mal, por dinero o al margen del obispo, y la Santa Sede encarga su cuidado pastoral.
  5. Prohibetur et obstruatur ("se prohíbe y se impide"). Los riesgos son graves; el obispo declara públicamente que no está permitida la adhesión, y explica por qué.
  6. Declaratio de non supernaturalitate. El obispo declara que el fenómeno no es sobrenatural. Hacen falta pruebas concretas, por ejemplo "cuando un presunto vidente afirma haber mentido".

Por qué la Iglesia casi ya no dice "sobrenatural"

El cambio más notable es este: entre las conclusiones posibles "no se incluye, por regla general, una declaración sobre la sobrenaturalidad del fenómeno". El Papa puede autorizarla, pero el juicio positivo normal es ahora el nihil obstat. No es desconfianza hacia la Virgen. Las normas recuerdan un caso de los años cincuenta en el que se necesitaron "unos setenta tortuosos años" para llegar a una conclusión, y prefieren que la Iglesia acoja pronto los buenos frutos de una devoción y deje a Dios la pregunta más honda.

Las aprobaciones antiguas siguen en pie. Guadalupe, Lourdes, Fátima y las demás se juzgaron con la práctica anterior, y nada en las normas de 2024 las retira.

Las apariciones aprobadas de la Virgen María

Estas son las principales apariciones reconocidas por la Iglesia, en orden cronológico. "Aprobada" quiere decir aquí que el obispo del lugar la declaró digna de fe, muchas veces con honores posteriores de Roma.

Virgen de Guadalupe, México (1531)

En diciembre de 1531 la Virgen se apareció cuatro veces a San Juan Diego en el cerro del Tepeyac y dejó su imagen en la tilma del indígena. No hay un decreto episcopal al estilo moderno: su reconocimiento llegó por siglos de veneración y por actos de los papas. Benedicto XIV aprobó su fiesta y su misa en 1754, y San Juan Pablo II canonizó a Juan Diego en 2002. Situación: aprobada. Vea la Virgen de Guadalupe y las apariciones de la Virgen de Guadalupe.

Ilustración en estilo dibujo a tinta de peregrinos que suben al amanecer por la ladera del cerro del Tepeyac con flores y estandartes sin letras
Cada 12 de diciembre millones de peregrinos suben al Tepeyac, donde la Virgen se apareció a San Juan Diego.

Virgen de Coromoto, Venezuela (1652)

Según la tradición venezolana, una mañana de 1651 la Virgen con el Niño en brazos se apareció al cacique de los indios coromotos y a su esposa sobre la corriente de la quebrada del río Tucupido, cerca de Guanare, y le pidió que su pueblo recibiera el bautismo. En 1652 se le apareció de nuevo en su choza y le dejó una pequeña imagen suya, que todavía se venera en el santuario levantado en ese lugar. Es una aparición tradicional, sin decreto episcopal moderno, pero la Iglesia la ha honrado: Pío XII la declaró patrona de Venezuela el 7 de octubre de 1944, y su imagen fue coronada canónicamente el 11 de septiembre de 1952. Vea la Virgen de Coromoto.

Ilustración en estilo óleo de una hermosa Señora con un Niño en brazos que se aparece sobre las aguas de una quebrada a un cacique indígena y a su familia en la selva de Venezuela
Según la tradición, la Virgen se apareció al cacique de los coromotos junto a una quebrada de Guanare.

La Medalla Milagrosa, París (1830)

En 1830 la Virgen se apareció a una joven Hija de la Caridad, Santa Catalina Labouré, en la capilla de su casa madre, y le mostró el diseño de una medalla con la invocación "Oh María sin pecado concebida, rogad por nosotros que recurrimos a vos". El arzobispo de París aprobó la medalla, y las primeras se acuñaron en 1832. Situación: aprobada. Vea la Medalla Milagrosa.

Interior de una capilla blanca y azul con tribunas, una gran pintura sobre el altar y fieles rezando en los bancos
La capilla de la calle del Bac, en París, donde Santa Catalina Labouré vio a la Virgen en 1830. ⓘFoto: jean-louis Zimmermann, CC BY 2.0

Nuestra Señora de La Salette, Francia (1846)

El 19 de septiembre de 1846 dos pastorcitos, Maximino Giraud y Melania Calvat, vieron en un prado de montaña sobre La Salette a una Señora que lloraba y les habló del pecado, de la penitencia y de la conversión. El obispo de Grenoble la aprobó en 1851. Situación: aprobada.

Estatua blanca de la Virgen sentada sobre una piedra, con el rostro entre las manos, llorando, en un jardín de montaña
En La Salette, una estatua muestra a la Señora como la vieron primero los niños: sentada y llorando. ⓘFredSeiller, The weeping Virgin, first phase of the apparition, La Salette

Virgen de Lourdes, Francia (1858)

Entre el 11 de febrero y el 16 de julio de 1858, Santa Bernardita Soubirous vio dieciocho veces a la Señora en la gruta de Massabielle. El 25 de marzo la Señora le dijo: "Yo soy la Inmaculada Concepción". El obispo de Tarbes aprobó las apariciones el 18 de enero de 1862, y la Iglesia ha reconocido desde entonces decenas de curaciones milagrosas en Lourdes. Situación: aprobada. Vea la Virgen de Lourdes.

Estatua blanca con cinta azul en una hornacina ovalada de roca gris cubierta de hiedra y helechos, con velas blancas encendidas debajo
La estatua de la gruta de Lourdes está en el lugar donde Santa Bernardita vio a la Señora. ⓘ

Nuestra Señora del Buen Socorro, Champion, Estados Unidos (1859)

En octubre de 1859 la Virgen se apareció tres veces a Adele Brise, una joven inmigrante belga, en los bosques de Wisconsin, y le pidió que enseñara la fe a los niños. El obispo David Ricken de Green Bay la aprobó el 8 de diciembre de 2010, la primera aprobación de este tipo en los Estados Unidos. Situación: aprobada.

Capilla de ladrillo rojo con techo inclinado y una pequeña cruz blanca, con peregrinos que caminan bajo un gran árbol
La capilla de las apariciones de Champion, en Wisconsin, en el lugar donde Adele Brise vio a la Virgen. ⓘ

Pontmain, Knock, Fátima, Beauraing y Banneux

En Pontmain (Francia, 1871), unos niños vieron a la Virgen en el cielo nocturno con un manto azul cubierto de estrellas; el obispo de Laval la reconoció en 1872. En Knock (Irlanda, 1879), quince personas vieron a la Virgen, a San José y a San Juan sobre el muro de su iglesia; dos comisiones del arzobispado de Tuam encontraron fiables a los testigos. En Fátima (Portugal, 1917), la Virgen del Rosario se apareció seis veces a Lucía, Francisco y Jacinta, y el 13 de octubre miles de personas vieron el milagro del sol; el obispo de Leiria declaró dignas de fe las apariciones en 1930. En Beauraing y Banneux (Bélgica, 1932-1933), varios niños vieron a la Virgen, que en Banneux se llamó "la Virgen de los pobres"; ambas se aprobaron en 1949. Situación de todas: aprobadas. Vea la Virgen de Fátima.

Fotografía en blanco y negro de hombres y mujeres del campo, algunos arrodillados, que se protegen los ojos y miran al cielo
Una fotografía publicada en octubre de 1917 muestra a parte de la multitud de Cova da Iria mirando el sol. ⓘJudah Bento Ruah, The crowd at the Cova da Iria looking at the sun, October 13, 1917

Akita y Kibeho

En Akita (Japón), desde 1973, la hermana Agnes Sasagawa contó haber recibido mensajes de la Virgen, y una imagen de madera de la capilla de su comunidad lloró, según los testigos. El obispo de Niigata reconoció los hechos en 1984; la Santa Sede no ha dado un juicio propio. En Kibeho (Ruanda), desde 1981, la Virgen se presentó como "Madre del Verbo" y advirtió de un baño de sangre que muchos relacionaron después con el genocidio de 1994. El obispo de Gikongoro declaró el 29 de junio de 2001: "Sí, la Virgen María se apareció en Kibeho". Situación: aprobadas por el obispo del lugar.

Iglesia de ladrillo con techo azul y una alta columna azul y blanca coronada por una estatua, en un jardín bajo un cielo nublado
El santuario de Nuestra Señora de los Dolores de Kibeho, en Ruanda. ⓘ

Betania, Venezuela (1976-1984)

En la finca Betania, cerca de Cúa, la Virgen se apareció entre 1976 y 1984, según su testimonio, a María Esperanza de Bianchini, hoy Sierva de Dios, y se presentó como "María, Virgen y Madre Reconciliadora de todos los Pueblos y Naciones". Tras una larga investigación, Mons. Pío Bello Ricardo, obispo de Los Teques, declaró en una carta pastoral de finales de los años ochenta que las apariciones eran auténticas y de carácter sobrenatural. Situación: aprobada por el obispo del lugar.

Virgen del Rosario de San Nicolás, Argentina (1983-1990)

Desde el 25 de septiembre de 1983 Gladys Quiroga de Motta, una madre de familia de San Nicolás de los Arroyos, contó que la Virgen se le aparecía y le dejaba mensajes; un libro de 1985 reunía ya 1.887. El obispo Héctor Cardelli firmó un decreto, publicado el 22 de mayo de 2016, que reconoce el carácter sobrenatural de las apariciones. En 2017 su sucesor, después de consultar a Roma, dispuso que dejaran de difundirse los mensajes de la vidente. Situación: aprobada por el obispo del lugar; el santuario recibe a multitudes cada 25 de septiembre.

Apariciones con otra situación

Medjugorje, Bosnia y Herzegovina (desde 1981)

Desde el 24 de junio de 1981, seis personas de la parroquia de Medjugorje dicen que la Virgen se les aparece como Reina de la Paz, y algunas afirman que las apariciones continúan. Obispos y comisiones discreparon durante décadas. El 19 de septiembre de 2024 el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, con la aprobación del papa Francisco, concedió el nihil obstat a la experiencia espiritual vinculada a Medjugorje, reconociendo sus abundantes frutos. Al mismo tiempo pidió que, cada vez que se hable de "mensajes" de la Virgen, se entienda siempre "presuntos mensajes". Situación: nihil obstat para la experiencia espiritual; las apariciones no se declaran sobrenaturales. Vea la Virgen de Medjugorje.

Virgen del Pilar, Zaragoza

La Virgen del Pilar no es una aparición en el sentido moderno. Es una tradición muy antigua, según la cual la Virgen, cuando todavía vivía en Jerusalén, se presentó al apóstol Santiago a orillas del Ebro para animarlo en su predicación y le dejó una columna de piedra. Es un relato tradicional, venerado por toda España y la Hispanidad cada 12 de octubre, que la Iglesia honra sin haberla juzgado como un hecho histórico. Vea la Virgen del Pilar.

Apariciones no aprobadas o juzgadas negativamente

Aquí la Iglesia ha hablado en contra de una supuesta aparición, o ha dicho que no consta su carácter sobrenatural. Lo decimos con claridad, por el bien de las almas, y con caridad hacia las personas.

Garabandal, España (1961-1965)

Cuatro niñas del pueblo de San Sebastián de Garabandal, en Cantabria, contaron cientos de apariciones y mensajes entre 1961 y 1965. Todos los obispos de Santander desde 1961, escribió el obispo José Vilaplana, afirmaron que no se podía confirmar el carácter sobrenatural de esos hechos. En 1991 Vilaplana consultó a la Congregación para la Doctrina de la Fe y fue autorizado a reafirmar públicamente que no estaba probada la sobrenaturalidad de las apariciones. Se puede celebrar misa en la iglesia del pueblo, pero no en relación con ellas. Situación: no aprobada; no consta su carácter sobrenatural.

La "Virgen del Cerro", Salta, Argentina (desde 1990)

María Livia Galliano de Obeid dice que la Virgen se le aparece en un cerro de Salta desde 1990, y miles de personas suben a rezar. Según La Nación, el arzobispado de Salta ha dicho que no puede avalar los hechos como verdad objetiva y que las reuniones son una iniciativa privada sin reconocimiento oficial de la Iglesia. Situación: no reconocida.

La "Señora de todos los Pueblos", Ámsterdam (1945-1959)

Es el caso que las normas de 2024 recuerdan como un proceso de setenta años. El 11 de julio de 2024 el Dicasterio hizo pública una decisión de 1974, aprobada por San Pablo VI: las presuntas apariciones de Ámsterdam constat de non supernaturalitate, consta que no son sobrenaturales. Situación: declarada no sobrenatural.

Cómo vivimos las apariciones como católicos

La enseñanza de la Iglesia se resume en pocas cosas sencillas:

  • Cristo primero. Toda aparición verdadera lleva a Jesús: a la oración, a la conversión, a los sacramentos y a la caridad. La nota sobre Medjugorje lo dice para todos los santuarios: los peregrinos no van a encontrarse con videntes, sino con María y, por ella, con Cristo.
  • Esperar a la Iglesia. Cuando se anuncia una nueva aparición, dejamos que el obispo haga su trabajo. No difundimos mensajes que él no ha aprobado ni vamos a lugares que nos ha pedido evitar.
  • La aprobación es un permiso, no una obligación. Somos libres de amar Fátima o de no ir nunca. Lo que no podemos hacer es despreciar una aparición aprobada, ni tratar una no aprobada como si la Iglesia la hubiera reconocido.
  • Mirar los frutos. Las normas de 1978 hablaban del espíritu de oración, las conversiones y las obras de caridad. Esas son las huellas de la Virgen, dondequiera que las encontremos.
Ilustración en estilo acuarela de una procesión nocturna de peregrinos con velas que acompañan una imagen de la Virgen por la ladera de un santuario
En la fiesta de un santuario mariano, los fieles acompañan con velas la imagen de la Virgen en procesión.

Y lo que la Virgen pide en casi todas sus apariciones aprobadas se puede vivir sin salir de casa: rezar el rosario, hacer penitencia y convertirnos. Para empezar, vea cómo rezar el rosario y los misterios del rosario.

Ilustración en estilo acuarela de una familia latinoamericana que reza el rosario por la noche ante un pequeño altar de la Virgen en su casa
Lo que la Virgen pide en sus apariciones se vive cada día en casa, rezando juntos el rosario.

Para conocer los títulos con que invocamos a María en cada país, vea las advocaciones de la Virgen María. Terminemos como rezan los peregrinos en cada uno de estos santuarios, sea cual sea su nombre: Santa María, Madre de Dios, ruega por nosotros pecadores, ahora y en la hora de nuestra muerte. Amén.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las apariciones de la Virgen aprobadas por la Iglesia?

Entre las más conocidas están Guadalupe (México, 1531), la Medalla Milagrosa (París, 1830), La Salette (Francia, 1846), Lourdes (Francia, 1858), Champion (Estados Unidos, 1859), Pontmain (Francia, 1871), Knock (Irlanda, 1879), Fátima (Portugal, 1917), Beauraing y Banneux (Bélgica, 1932-1933), Akita (Japón, 1973), Kibeho (Ruanda, 1981) y, en América Latina, Betania (Venezuela) y San Nicolás (Argentina), reconocidas por sus obispos. Coromoto (Venezuela, 1652) se venera por una tradición antigua honrada por los papas.

¿Los católicos tienen que creer en las apariciones de la Virgen?

No. Las apariciones pertenecen a la revelación privada, que según el Catecismo (n. 67) no pertenece al depósito de la fe. Aunque la Iglesia reconozca una aparición, los fieles son libres de aceptarla o no. Lo que la Iglesia afirma es que no contiene nada contrario a la fe y que puede ayudarnos a vivir el Evangelio.

¿Qué significa nihil obstat en una aparición?

"Nada se opone", en latín. Es el juicio más favorable de las normas de 2024: la Iglesia reconoce muchos signos de la acción del Espíritu Santo en una experiencia espiritual y no encuentra nada grave que la desaconseje, así que el obispo puede promover la devoción y las peregrinaciones. No declara que la aparición sea sobrenatural.

¿Está aprobada Medjugorje?

El 19 de septiembre de 2024 el Dicasterio para la Doctrina de la Fe concedió, con la aprobación del papa Francisco, el nihil obstat a la experiencia espiritual vinculada a Medjugorje: los fieles pueden participar en ella y se alientan las peregrinaciones. Pero la Iglesia no ha declarado sobrenaturales las apariciones, y pide que los mensajes se entiendan siempre como "presuntos mensajes".

¿Está aprobada Garabandal?

No. Los obispos de Santander han dicho desde los años sesenta que no consta el carácter sobrenatural de los hechos de Garabandal. El obispo José Vilaplana lo reafirmó en los años noventa después de consultar a la Congregación para la Doctrina de la Fe.

¿Cuáles son los seis juicios de las normas de 2024?

Nihil obstat (favorable); prae oculis habeatur (signos positivos, pero hay puntos que aclarar); curatur (elementos problemáticos, pero la devoción está muy extendida y da frutos, por lo que no se prohíbe); sub mandato (el fenómeno es bueno, pero alguien lo usa mal); prohibetur et obstruatur (no se permite la adhesión); y declaratio de non supernaturalitate (se declara que no es sobrenatural).

¿Quién decide si una aparición es auténtica?

El obispo de la diócesis donde ocurre la investiga y propone un juicio. Con las normas de 2024 envía el resultado al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, en Roma, que confirma o no su propuesta antes de que él la anuncie. El Papa también puede intervenir directamente.

Fuentes

  1. Dicasterio para la Doctrina de la Fe: Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales (17 de mayo de 2024)
  2. Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 65-67 (Santa Sede)
  3. Dicasterio para la Doctrina de la Fe: "La Reina de la Paz". Nota sobre la experiencia espiritual vinculada a Medjugorje (19 de septiembre de 2024)
  4. Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe: Normas sobre el modo de proceder en el discernimiento de presuntas apariciones o revelaciones (25 de febrero de 1978), en inglés
  5. Gabriela Origlia, "Grieta religiosa: por qué la Iglesia avaló las apariciones de la Virgen en San Nicolás, y no las que dicen ocurrir en Salta", La Nación (5 de junio de 2022). El decreto de Mons. Héctor Cardelli publicado el 22 de mayo de 2016 y la situación de la "Virgen del Cerro" de Salta
  6. EWTN Noticias: El Lourdes de América: Finca Betania en Venezuela, lugar de reconciliación (31 de octubre de 2024). Las apariciones a la Sierva de Dios María Esperanza de Bianchini (1976-1984) y la carta pastoral de Mons. Pío Bello Ricardo
  7. Mons. José Vilaplana, obispo de Santander: The Alleged Apparitions at Garabandal (EWTN Library), en inglés
  8. Catholic.net: Nuestra Señora de Coromoto. Las apariciones de 1651 y 1652, la declaración de Pío XII (7 de octubre de 1944) y la coronación del 11 de septiembre de 1952